Seguro SCTR : ¿Sabes en que consiste?

Seguro SCTR : ¿Sabes en que consiste?

Categoría: Noticias


A veces el compromiso de tus trabajadores implica realizar actividades riesgosas. Es el caso de industrias como la minería o la construcción, así como aquellas labores que los exponen a situaciones de riesgo que pueden causar enfermedades. El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), creado por el Estado, es obligatorio para las empresas con actividades económicas de alto riesgo. 

A continuación te hablo un poco de este seguro:

¿Qué es  SCTR – Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo?

El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) es el seguro que otorga prestaciones de salud y económicas por accidentes de trabajos de alto riesgo y enfermedades profesionales a los trabajadores que colaboran en centros de trabajo en los que desarrollan actividades consideradas de alto riesgo por la ley.

¿Quiénes están amparados bajo el SCTR?

Están amparados bajo el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo la totalidad de trabajadores del centro laboral de riesgo, determinado como tal por ley, en el cual se desarrollan actividades de riesgo, sean empleados u obreros, temporales o permanentes.

¿Qué cubre el SCTR Salud?

  1. Cobertura total en accidentes laborales : Atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica al 100% sin copago ni deducible.
  2. Rehabilitación y readaptación laboral : Se entrega los medios necesarios para que el trabajador pueda rehabilitarse y reincorporarse a su trabajo lo antes posible.
  3. Prótesis y aparatos ortopédicos :  El SCTR cubre los elementos ortopédicos necesarios para la rehabilitación funcional del accidentado.

¿Qué cubre el SCTR Pensión?

  1. Pensión de Invalidez : Si un accidente de trabajo o enfermedad profesional deja al asegurado con una invalidez mayor o igual al 50% de su capacidad de trabajo, se pagará una pensión una vez terminado el período de subsidio.
  2. Indemnización por invalidez :  Si las lesiones causan una invalidez permanente de entre el 20% al 50% de la capacidad laboral, se pagará al asegurado una indemnización única basada en su remuneración promedio y su grado de incapacidad.
  3. Pensión de sobrevivencia :  Se paga a los beneficiarios acreditados de acuerdo al DS 003-98-SA, en caso de que el trabajador asegurado falleciera a consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.
  4. Gastos de Sepelio :  En caso de fallecimiento de un trabajador asegurado, se reembolsarán los gastos de sepelio hasta el monto máximo establecido por la SPP para el mes del fallecimiento.

Qué no cubre el SCTR

  1. Trayecto desde/hacia el trabajo.
  2. Daño autoprovocado o participación en riñas.
  3. Incumplimiento de órdenes.
  4. Actividades recreativas o deportivas.
  5. Vacaciones o licencias.
  6. Uso de alcohol o drogas.

Actividades comprendidas dentro del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Todas las empresas que desarrollan alguna de las actividades indicadas a continuación están obligadas a contar con este seguro:

  • Pesca.
  • Producción de Petróleo Crudo y Gas Natural.
  • Extracción de Minerales Metálicos.
  • Extracción de Otros Minerales (No metálicos).
  • Elaboración de Productos del Tabaco.
  • Fabricación de Textiles.
  • Industrias del Cuero y Afines.
  • Industrias de Madera.
  • Productos de Madera y Corcho.
  • Fabricación de Otros Productos Químicos.
  • Fabricación de Sustancias Químicas Industriales.
  • Construcción.
  • Refinerías de Petróleo.
  • Fabricación de Productos derivados del Petróleo y Carbón.
  • Fabricación de Productos Plásticos.
  • Fabricación de Vidrio y Productos de Vidrio.
  • Periodistas y Camarógrafos.
  • Fabricación de Otros Productos Minerales No Metales.
  • Industria Básica de Hierro y Acero.
  • Fabricación de Productos Metálicos.
  • Construcción de Maquinarias.
  • Electricidad, gas y vapor.
  • Transporte Aéreo.
  • Servicios Odontológicos, Sanitarios y Veterinaria.
  • Extracción y aglomeración de carbón de piedra.
  • Gasificación in situ del carbón.
  • Fabricación de briquetas de carbón de piedra en la mina o con carbón comprado.
  • Extracción y aglomeración de lignito.
  • Extracción y aglomeración de turba.
  • Fabricación de briquetas de turba (fuera de la turbera)
  • Extracción de petróleo crudo y gas natural.
  • Actividades de servicios relacionadas con la extracción de petróleo y gas, excepto las actividades de prospección.
  • Extracción de minerales.
  • Extracción de sal.
  • Explotación de otras minas y canteras n.c.p.
  • Extracción de feldespato.
  • Explotación de minas y canteras de asbesto, mica, cuarzo, piedras preciosas, materiales abrasivos, asfalto, betún y otros minerales no metálicos n.c.p.
  • Fabricación de prendas
  • Aserrado y acepilladura de madera.
  • Fabricación de madera
  • Elaboración de combustible nuclear.
  • Fabricación de vidrio y productos de vidrio
  • Fabricación de cemento, cal y yeso.
  • Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.p.
  • Fabricación de productos primarios de metales preciosos y metales no ferrosos.
  • Fundición de hierro y acero.
  • Fundición de metales no ferrosos.
  • Fabricación de productos metálicos para uso estructural.
  • Fabricación de tanques, depósitos y recipientes de metal.
  • Fabricación de depósitos y tanques de metal para almacenamiento y uso industrial; calderas de calefacción central.
  • Fabricación de radiadores y recipientes de metal para gas comprimido y gas licuado.
  • Fabricación de armas y municiones.
  • Fabricación de explosivos y municiones.
  • Fabricación de armas portátiles y accesorios, artillería pesada y ligera; tanques.
  • Fabricación de otros tipos de equipo eléctrico n.c.p.
  • Fabricación de piezas aislantes de vidrio.
  • Fabricación de productos de grafito.
  • Fabricación de equipo de iluminación para bicicletas.
  • Fabricación de aparatos para galvanoplastia, electrólisis y electroforesis.
  • Fabricación de lavaplatos, excepto los de uso doméstico.
  • Fabricación de equipo eléctrico de encendido y arranque para motores de combustión interna; embragues y frenos electromagnéticos; dispositivos eléctricos de cronometría, control y señalización.
  • Fabricación de aparatos de señalización visual y acústica y de control del tráfico.
  • Fabricación de equipo de iluminación para vehículos automotores; electrodos de carbón y grafito; otros tipos de equipo eléctrico n.c.p.
  • Fabricación de limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha eléctricos.
  • Fabricación de aceleradores de partículas (ciclotrones, betatrones); detectores de minas.
  • Preparación del terreno (construcción).
  • Construcción de edificios completos y de partes de edificios; obras de ingeniería civil.
  • Transporte de carga por carretera.
  • Transporte marítimo y de cabotaje.
  • Transporte no regular por vía aérea.
  • Fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores
  • Fabricación de locomotoras y de material rodante para ferrocarriles y tranvías
  • Fabricación de aeronave y naves especiales.
  • Cultivo de cereales y otros cultivos N.C.P.
  • Cultivo de hortalizas y legumbres especialidad hortícolas y productos de viveros.
  • Cultivo de frutas, nueces, plantas de sus hojas o frutos se prepara bebidas, esp.
  • Cría de ganado vacuno, ovejas, cabras, caballos, etc.
  • Cría de otros animales, elaboración de otros productos animales n.c.p.
  • Cultivo de productos agrícolas en combinación con cría de animal.
  • Actividades de servicios agrícolas y ganaderas excepto actividades veterinarias.
  • Caza ordinaria y mediante trampas, y repoblación de animales de caza, incluso actividades de servicios conexas.
  • Silvicultura, extracción de madera y actividades de servicios conexas.
  • Producción, procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos.
  • Elaboración y conservación de pescado y productos de pescado.
  • Elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas.
  • Elaboración aceites y grasas origen vegetal y animal.
  • Elaboración de productos lácteos.
  • Elaboración de productos de molinería.
  • Elaboración de almidones y productos derivados del almidón.
  • Elaboración de alimentos preparados para animales.
  • Elaboración de productos de panadería.
  • Elaboración de azúcar.
  • Elaboración de cacao y chocolate y de productos de confitería.
  • Elaboración de macarrones, fideos, alcuzcuz y productos farináceos similares
  • Elaboración de otros productos alimenticios n.c.p.
  • Destilación recif. y mezcla de bebidas alcohólicas, producción alcohol etílico de SUS.FER.
  • Elaboración de vinos.
  • Elaboración de bebidas malteadas y de malta.
  • Elaboración de bebidas no alcohólicas, agua minerales.
  • Elaboración de productos de tabaco.
  • Preparación e hilatura de fibras textiles; tejedura de productos textiles.
  • Acabado de productos textiles.
  • Fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles, excepto prendas de vestir
  • Fabricación de tapices y alfombras.
  • Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes.
  • Fabricación de otros productos textiles n.c.p.
  • Fabricación de tejidos y artículos de punto y ganchillo.
  • Curtido y adobo de cueros.
  • Fabricación de partes y piezas de carpintería para edificios y construcciones.
  • Fabricación de recipientes de madera.
  • Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, paja y materiales trenzables.
  • Fabricación de pasta de madera, papel y cartón.
  • Fabricación de papel y cartón ondulado y de envases de papel y cartón Fabricación de papel y cartón ondulado.
  • Fabricación de otros artículos de papel y cartón.
  • Edición de libros, folletos, partituras y otras.
  • Edición de periódicos, revistas y publicaciones periódicas.
  • Otras actividades de edición.
  • Actividades de impresión.
  • Actividades de impresión (publicaciones periódicas, libros, mapas, partituras, carteles, catálogos, sellos postales, papel moneda) para editoriales, productores, organismos públicos, etcétera.
  • Fabricación de anuncios publicitarios.
  • Actividades de servicios relacionados con la impresión.
  • Fabricación de productos de la refinación del petróleo
  • Fabricación de sustancias químicas básicas, excepto abonos y compuestos de nitrógeno.
  • Fabricación de abonos y compuestos de nitrógeno.
  • Fabricación de plásticos en formas primarias y de caucho sintético.
  • Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario.
  • Fabricación de pinturas, barnices y productos de revestimiento similares, tintas de imprenta y masillas.
  • Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos.
  • Fabricación de jabones y detergentes, preparados para limpiar y pulir, perfumes y preparados de tocador.
  • Fabricación de otros productos químicos n.c.p.
  • Fabricación de fibras artificiales.
  • Fabricación de cubiertas, cámaras caucho; reencauchado.
  • Fabricación de otros productos de caucho.
  • Fabricación de productos de plástico.
  • Fabricación de productos de cerámica no refractaria para uso no estructural.
  • Fabricación de productos de cerámica refractaria.
  • Fabricación de productos de arcilla y cerámica no refractarias para uso estructural.
  • Fabricación de generadores de vapor, excepto calderas de agua caliente para calefacción central.
  • Forja, prensado, estampado y laminado de metales; pulvimetalurgia.
  • Tratamiento y revestimiento de metales; obras de ingeniería mecánica en general realizadas a cambio de una retribución o por contrata.
  • Fabricación de artículos de cuchillería, herramientas de mano y artículos de ferretería
  • Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.
  • Fabricación de motores y turbinas, excepto motores para aeronaves, vehículos automotores y motocicletas.
  • Fabricación de bombas, compresores, grifos y válvulas
  • Fabricación de cojinetes, engranajes, trenes de engranajes y piezas de transmisión.
  • Fabricación de hornos, hogares y quemadores.
  • Fabricación de equipo de elevación y manipulación.
  • Fabricación de otros tipos de maquinaria de uso general.
  • Fabricación de maquinaria agropecuaria y forestal.
  • Fabricación de máquinas herramienta.
  • Fabricación de maquinaria metalúrgica.
  • Fabricación de maquinaria para la explotación de minas y canteras y para obras de construcción.
  • Fabricación de maquinaria para la elaboración de alimentos, bebidas y tabaco.
  • Fabricación de maquinaria para la elaboración de productos textiles, prendas de vestir y cueros.
  • Fabricación de otros tipos de maquinaria de uso especial.
  • Fabricación de aparatos de uso doméstico n.c.p.
  • Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática.
  • Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos.
  • Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica.
  • Fabricación de hilos y cables aislados.
  • Fabricación de acumuladores y de pilas y baterías primarias.
  • Fabricación de lámparas eléctricas y equipo de iluminación.
  • Fabricación de equipo médico y quirúrgico y de aparatos ortopédicos.
  • Fabricación de relojes.
  • Fabricación de carrocerías para vehículos automotores; fabricación de remolques y semirremolques.
  • Construcción y reparación de buques.
  • Construcción y reparación de embarcaciones de recreo y deporte.
  • Fabricación de motocicletas.
  • Fabricación bicicletas y de sillones de ruedas para inválidos
  • Fabricación de otros tipos de equipo de transporte n.c.p.
  • Fabricación de muebles.
  • Fabricación de joyas y artículos conexos.
  • Fabricación de artículos de deporte.
  • Fabricación de juegos y juguetes.
  • Reciclado de desperdicios y desechos metálicos.
  • Reciclado de desperdicios y desechos no metálicos.
  • Generación, captación y distribución de energía eléctrica.
  • Fabricación de gas; distribución de combustibles gaseosos por tuberías.
  • Suministro de vapor y agua caliente.
  • Captación, depuración y distribución de agua.
  • Acondicionamiento de edificios
  • Terminación de edificios.
  • Alquiler de equipo de construcción y demolición dotado de operarios.
  • Servicios de mantenimiento para el transporte por carretera.
  • Mantenimiento y reparación vehículos automotores.
  • Venta al por menor de combustibles para automotores.
  • Venta al por mayor de materia prima agropecuaria, animales vivos.
  • Venta al por mayor combustibles sólidos, líquidos y gaseosos y productos conexos.
  • Ventas al por mayor de metales y minerales metalíferos.
  • Transporte por vía férrea.
  • Otros tipos de transporte regular de pasajeros por vía terrestre
  • Otros tipos transporte no regular de pasajeros vía terrestre.
  • Transporte por tuberías.
  • Transporte por vías de navegación interiores.
  • Transporte regular por vía aérea.
  • Manipulación de la carga.
  • Otras actividades de transporte complementarias
  • Actividades de hospitales.
  • Actividades de médicos y odontólogos.
  • Otras actividades relacionadas con la salud humana.
  • Actividades Veterinarias.
  • Eliminación de desperdicios y aguas residuales, saneamiento y actividades similares
  • Lavado y limpieza de prendas de tela y de piel.
  • Regulación y facilitación económica.
  • Actividades de Agencias de noticias.
  • Fabricación de maletas, bolsos de mano y artículos similares, y de artículos de talabartería y guarnicionería.
  • Fabricación de calzado.
  • Otras industrias Manufactureras n.c.p.
  • Actividades de correo distintas a las actividades postales nacionales.
  • Telecomunicaciones.
  • Alquiler de equipo de transporte por vía aérea.
  • Mantenimiento y reparación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática.
  • Actividades de limpieza de edificios y de plantas industriales actividades de limpieza en edificios.
  • Actividades de Seguridad Privada.
  • Actividades de mantenimiento del orden público y seguridad.
  • Desempeño de las funciones ejecutivas de los organismo centrales, regionales y locales.

Para contratar su SCTR comunícate con tu corredor de seguros JCRG Corredor de Seguros.

 

 

 


Escribeme!!
1
Hola ¿En que podemos ayudarte?